A partir de hoy y hasta el 02 de julio de 2018, estará abierto el plazo fijado por la Agencia Tributaria para confirmar, modificar y presentar por vía telemática la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2017 (IRPF campaña 2018).
Para este nuevo año, el sistema que utilizaremos los contribuyentes que tengamos rentas del trabajo será: RENTA WEB.
En Up SPAIN, empresa especialista en la gestión de beneficios sociales para los trabajadores, resolvemos todas aquellas dudas que te puedan surgir en relación a los pagos en especie. La mayor parte de estos tributan en la declaración como un rendimiento del trabajo más. Pero muchos quedan exentos de IRPF hasta un tope fiscal que varía según el tipo de servicio:
CHEQUE COMIDA: están exentos siempre y cuando no superen los 11€ diarios por día laborable (Salvo en el País Vasco cuyo máximo exento es de 9€ diarios). En caso de exceso de ese importe tributaría normalmente en el IRPF.
Es un elemento de motivación muy valorado por los empleados, y supone una gran ventaja económica.
CHEQUE GUARDERÍA: supone una gran ventaja social para aquellos padres y madres trabajadores con hijos en el primer ciclo de educación infantil (de 0 a 3 años).
El sistema de ayuda a la guardería, Educainfantil, está 100% exento de IRPF. (Salvo en el País Vasco cuyo máximo exento es de 1.000€ al año)
CHEQUE TRANSPORTE: la exención fiscal del producto se establece por un importe máximo de 136,36€ mensuales con el límite de 1.500€ anuales (136,36€ x 11 meses = 1.500€) (Excepto en el País Vasco).
La Tarjeta Cheque Transporte prepago permite la compra de título/bonos de transporte público del metro, cercanía, tranvía, autobús.
PÓLIZA DE SALUD: los seguros de salud que cubran al trabajador (también pueden incluir a su cónyuge y sus hijos), siempre y cuando no excedan los 500 euros anuales por persona.